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Roma II: responsabilidad y accidentes con múltiples implicados en el extranjero

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En la revista New Law Journal del 24 de febrero de 2017, Kelvin Farmaner, del Foro de Abogados de Seguros y Socio en Trethowans LLP, Paul Lavelle, Responsable de Reclamaciones de Van Ameyde Reino Unido, y Charles Dougherty, consejero de la reina de 2TG, abordan una reciente interpretación del art. 4 (3) del Reglamento (CE) 864/2007 (conocido como Roma II).

En los casos de Pickard contra Marshall y Otros; Generali France Assurances contra Marshall y Otros, en los que Van Ameyde UK representaba a Generali, se ha desestimado una apelación presentada por una aseguradora del Reino Unido ante el Tribunal de Apelación, por lo que prevalece el fallo dictado por el Tribunal Supremo en su día. Se cree que es el primer caso en Reino Unido en que el Art 4 (3) ha servido para refrendar lo dispuesto en el Art 4(1), lo que sienta un precedente en casos de responsabilidad civil múltiple (por ejemplo, en accidentes en los que haya varios vehículos implicados) a la hora de determinar la ley aplicable.

El caso hace referencia a un accidente ocurrido en Francia, en el que un coche francés sin seguro chocó contra dos ciudadanos británicos que esperaban detrás de un coche con matrícula británica con un remolque mientras una grúa con matrícula francesa les prestaba asistencia, a un lado de la autopista. Tras chocar contra los británicos, el coche francés chocó con el remolque, empotrándolo contra el coche de matrícula británica. Éste, a su vez, chocó contra la grúa. Fruto del impacto, una de las personas salió despedida y aterrizó lejos de la zona del accidente, sufriendo graves lesiones. La otra persona también salió disparada y el remolque cayó sobre una de sus piernas. Falleció en el lugar del accidente.

Las víctimas británicas interpusieron dos demandas en Inglaterra. Las cuestiones a determinar eran: (i) si debía aplicarse la ley británica o francesa en lo concerniente a la responsabilidad; (ii) de aplicarse la ley francesa, si podía considerarse que el vehículo de Reino Unido y la grúa estaban “implicados”, conforme a lo previsto en la Loi Badinter (la ley francesa aplicable), y (iii) si el MIB era responsable conforme al Reglamento de 2003. El Tribunal dictaminó que la ley aplicable era la de Francia.

Esta sentencia supone dotar de un contexto práctico a casos complejos en los que hay múltiples implicados y existe un “vínculo manifiestamente estrecho”.

Kelvin Farmaner

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